Plane de Pensiones
RESUMEN
PLAN DE PENSIONES QUE TE APORTAN BEFEFICIOS
PÍDENOS PRESUPUESTO

-
Tener un plan de pensiones te aportará importantes beneficios fiscales en tu declaración de la Renta, así como todas las ventajas que le detallamos en el resumen.
Flexibilidad de las aportaciones
Las aportaciones se realizarán de la forma que tú decidas en cada momento, desde 30 euros al mes hasta la cantidad máxima anual establecida por ley en cada caso. Tu fijas tanto el importe como la periodicidad. Además puedes realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento.
Rentabilidad
Las aportaciones realizadas junto con los rendimientos netos obtenidos por las inversiones irán constituyendo tu ahorro acumulado, denominado derecho consolidado.
Prestaciones
No es necesario comunicar la condición de jubilado hasta que se desee percibir la prestación del plan de pensiones.
Hasta el momento de iniciar el cobro se pueden seguir realizando aportaciones.
El ahorro acumulado podrá percibirse en la fecha que designe el partícipe por las contingencias de jubilación, fallecimiento, invalidez, dependencia severa o gran dependencia o por los supuestos excepcionales de liquidez que permiten hacer efectivos los derechos consolidados en el caso de enfermedad grave o en el supuesto de desempleo de larga duración.
Las formas de cobro entre las que el partícipe podrá elegir son las siguientes:
- Renta (financiera o asegurada)
- Capital
- Mixta (la combinación de capital y renta)
- Pagos sin periodicidad regular
Las aportaciones se realizarán de la forma que tú decidas en cada momento, desde 30 euros al mes hasta la cantidad máxima anual establecida por ley en cada caso. Tu fijas tanto el importe como la periodicidad. Además puedes realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento.
Rentabilidad
Las aportaciones realizadas junto con los rendimientos netos obtenidos por las inversiones irán constituyendo tu ahorro acumulado, denominado derecho consolidado.
Prestaciones
No es necesario comunicar la condición de jubilado hasta que se desee percibir la prestación del plan de pensiones.
Hasta el momento de iniciar el cobro se pueden seguir realizando aportaciones.
El ahorro acumulado podrá percibirse en la fecha que designe el partícipe por las contingencias de jubilación, fallecimiento, invalidez, dependencia severa o gran dependencia o por los supuestos excepcionales de liquidez que permiten hacer efectivos los derechos consolidados en el caso de enfermedad grave o en el supuesto de desempleo de larga duración.
Las formas de cobro entre las que el partícipe podrá elegir son las siguientes:
- Renta (financiera o asegurada)
- Capital
- Mixta (la combinación de capital y renta)
- Pagos sin periodicidad regular